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MONITOREO DE CALIDAD DE AGUA

El monitoreo de la calidad de agua es una actividad fundamental para la fiscalización ambiental, con la finalidad de conocer, verificar y medir las fluctuaciones o concentraciones de determinados parámetros físicos, químicos y biológicos, si sus características son aptas para potabilización, recreación, riego, conservación de ecosistemas marino costeras y ecosistema acuático, proporcionando información sobre la variabilidad temporal y espacial de la calidad del agua.

La contaminación del agua implica la presencia de componentes, sustancias químicas o de otra naturaleza, en una densidad superior a la condición natural, no cumpliendo con las condiciones para el uso destinado en su estado natural. La existencia de estos componentes o sustancias tales como metales pesados, sedimentos, microbios y otros. Hace que tenga efectos negativos y en muchos casos dañinos sobre la salud y el medio. Teniendo como principal factor contaminante del recurso hídrico las actividades industriales, agrícolas, derrames de combustible, deforestación, vertido de aguas residuales domésticas.

Normativa

    • S. N° 004-2017-MINAM, Estándares de Calidad Ambiental (ECA) para Agua y establecen Disposiciones Complementarias.
    • J. N° 010-2016-ANA, Protocolo Nacional para el Monitoreo de la Calidad de los Recursos Hídricos Superficiales.
    • R.M. N° 273-2013-VIVIENDA, Protocolo de Monitoreo de la calidad de los efluentes de las plantas de tratamiento de aguas residuales domesticas o municipales PTAR.
    • D. N° 008-97-EM-DGAA, Niveles máximos permisibles para efluentes líquidos producto de las actividades de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.
    • S. N° 003-2002-PRODUCE, Límites Máximos Permisibles y Valores Referenciales para las actividades industriales de cemento, cerveza, curtiembre y papel.
    • S. N° 037-2008-PCM, Límites Máximos Permisibles de efluentes Líquidos para el Sub-sector Hidrocarburos.
    • S. N° 003-2010-MINAM, Límites Máximos Permisibles para los efluentes de Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales Domésticas o Municipales (PTAR), para el sector Vivienda.
    • S. N° 010-2010-MINAM, Límites Máximos Permisibles para la descarga de efluentes líquidos de actividades minero-metalúrgicas.
    • S. N° 010-2018-MINAM, Límites Máximos Permisibles para Efluentes de los Establecimientos Industriales Pesqueros de Consumo Humano Directo e Indirecto.
    • S. N° – 2009- MINAM, Límites Máximos Permisibles de Efluentes De Infraestructuras De Residuos Sólidos. (EN PROYECTO)
    • S. N° – 2009- MINAM, Límites Máximos Permisibles Para Efluentes De Actividades Agroindustriales Tales Como Planta De Camales Y Plantas De Beneficio. (EN PROYECTO)

Evaluamos:

Parámetros de Medición

Físicos-Químicos:

  • Temperatura
  • Conductividad
  • DBO5
  • DQO
  • Oxígeno disuelto
  • Turbiedad
  • Dureza total
  • Aniones (cloruros, sulfatos, nitratos, nitritos, fluoruros etc.)
  • Amoniaco
  • Potencial de Hidrógeno (pH)
  • Sólidos disueltos totales (TDS)
  • Sólidos suspendidos totales (TSS), etc.

Inorgánicos:

  • Cianuro WAD
  • Nitrógeno amoniacal / nitrógeno total
  • Metales totales

Orgánicos:

  • Aceites y grasas
  • Demanda Bioquímica de Oxigeno (DBO5)2
  • Demanda Química de Oxigeno (DQO)
  • Hidrocarburos Totales de petróleo
  • Pesticidas, etc.

Microbiológicos:

  • Coliformes totales
  • Coliformes fecales o termotolerantes
  • Escherichia Coli
  • Formas parasitarias
  • Organismos de vida libre, otros